A partir de abril de 2025, España dejará de emitir «visas doradas», un tipo de residencia para extranjeros a cambio de inversiones. Esta medida se desprende de las enmiendas publicadas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de
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Los registros de morosos son, según el artículo 25 y 29de la LPDCP (Ley de Protección de Datos de Carácter Personal) los ficheros de titularidad privada que contengan datos de carácter personal de personas que tienen pendiente el pago de determinadas deudas cuando resulte necesario para el logro de la actividad u objeto legítimos de la persona, empresa o entidad titular y se respeten las garantías que esta Ley establece para la protección de las personas.
Las compañías o empresas, como práctica habitual, suelen incluir a sus deudores o titulares de deudas impagadas en este tipo de registros como medida de presión para reclamar la deuda. Lo que intentan es crear la mayor cantidad de incomodidades a los deudores para que desistan y paguen. Algunas consecuencias de estar en estos registros son: denegación de tarjetas de crédito, no poder contratar un seguro, no poder darte de alta en los recibos domésticos y telefonía o imposibilidad de solicitar un crédito o financiación...
Pero como casi toda práctica habitual es susceptible de que se cometan errores y una persona sea incluida indebidamente en estos ficheros, actos tan habituales como discrepancias con la factura del teléfono o con el pago del servicio que no se ha realizado pueden ser motivos suficientes para que las empresas contratantes decidan incluirnos en estos registros. Independientemente de que se trate de un motivo justo o no, lo cierto es que puede perjudicarnos gravemente.
Si apareces en un registro, lo normal es que aparezcas en varios. Cuidado, porque entrar es fácil, pero salir es muy complicado. Te contamos qué puedes hacer en nuestro próximo artículo.
Hasta puede que alguno de nosotros estemos en estos registros sin saberlo. Hay demasiados errores, muchas inclusiones las realizan sin que haya deudas impagadas o sin que cumplan con los requisitos que se establecen para ser incluidos, ¿cuales son éstos requisitos?, ahora mismo te los detallamos:
Además, el titular del fichero debe notificarnos nuestra inclusión en un plazo de 30 días, junto con nuestros derechos de protección de datos. En caso de no hacerlo incurriría en una falta grave.
Carlos López
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